Fecha:26 abril, 2024

¿Ya conoces los cambios en el CFDI para este 2023?

El pasado 1 de enero de 2022 entró en vigor la nueva versión del CFDI de acuerdo a la Miscelánea Fiscal Vigente, en el cual, el Servicio de Administración Tributaria dió un periodo de convivencia con la versión anterior. La buena noticia, es que el SAT estableció como fecha límite el 31 de marzo de 2023, por lo que a partir del 1 de abril del año en curso la única versión válida será la 4.0. 

¿Cuáles son los principales cambios que tendrá la versión CFDI 4.0?

En la página del SAT, se nos muestra de forma clara que los cambios para la factura electrónica serán los siguientes:

  • El campo “Nombre denominación o razón social del receptor” es un campo obligatorio
  • Se incorporan los campos “Régimen fiscal del receptor” y “Domicilio fiscal del receptor”, los cuales son de uso obligatorio.
  • Se incorpora el campo “Exportación”, donde deberá señalarse si el comprobante corresponde a una operación de exportación definitiva o temporal.
  • Se incorporan los campos “Periodicidad”, “Meses” y “Año”, para efectos de la emisión de las facturas globales.
  • Se adiciona el elemento A Cuenta Terceros, el cual sustituye al “Complemento Concepto Por Cuenta de Terceros”
  • Se adiciona el campo “Objeto del impuesto”

Complemento para el estado de cuenta de combustibles para monederos electrónicos

Uno de los apartados que más cambiarán respecto a la versión de CFDI 3.3 es el complemento de estado de cuenta de combustible para monederos electrónicos; el cual sirve para integrar la información aplicable al estado de cuenta emitido por un prestador de servicios de monedero electrónico. 

En este artículo te traemos algunas preguntas frecuentes para que puedas aclarar tus dudas sobre esta actualización.

En el CFDI en el que se registra la comisión del emisor del monedero electrónico, ¿se debe registrar el consumo de combustible a nivel concepto o solamente se debe registrar en el Complemento Estado de Cuenta que se incorpora a dicho CFDI?

Sólo se debe registrar en el “Complemento de Estado de Cuenta de Combustible para Monederos Electrónicos Autorizados por el SAT”, ya que a nivel concepto del CFDI sólo se debe registrar la comisión del emisor del monedero electrónico.

¿Qué diferencias hay entre el estado de cuenta de Prepago y el estado de cuenta de Crédito?

La única diferencia será la comisión cobrada por parte del emisor de monederos y es porque en el crédito viene reflejada la comisión y en prepago se refleja el valor de “0”.

¿Cómo se deberá emitir el CFDI con complemento de Estado de Cuenta de Combustibles para monederos electrónicos autorizados por el SAT, cuando el emisor del monedero no cobre comisión por los servicios prestados?

En el comprobante se deberá registrar la siguiente información:

  • En el campo “Cantidad” registrar el valor “1”.
  • En el campo “Valor Unitario” registrar el valor “1”.
  • En el campo “Clave de producto y servicio” se ingresará la clave 84141602” que corresponde a Proveedores de servicios de tarjetas de crédito o monederos electrónicos”
  • En el campo “descripción” ingresar el motivo por el cual no existe una comisión.
  • En el campo “Clave de Unidad” ingresar la clave E48.
  • En el campo “Unidad” ingresar “Servicio”
  • En el campo “Descuento” se registrará el valor de “1”.
  • La información del Complemento se registrará como se viene realizando

(Esta información es acorde al Fundamento legal: Reglas 2.7.1.8., 3.3.1.10. fracciones III y IV de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018)

¿Qué diferencias hay entre el estado de cuenta de Prepago y el estado de cuenta de Crédito?

La única diferencia será la comisión cobrada por parte del emisor de monederos y es porque en el crédito viene reflejada la comisión y en prepago se refleja el valor “0”. 

Para los clientes de PowerGAS, el principal cambio será a nivel concepto, ahora vendrá sólo la comisión, ya que de acuerdo al SAT, sólo se podrá incluir a nivel de concepto todo aquello que refleja un aumento en el aumento del patrimonio del contribuyente. Para los monederos electrónicos de combustible esto implica que no se puede incluir el combustible, ya que el ingreso real de los monederos es el cobro de comisión por el servicio.

Sin embargo, el desglose de consumo de combustible vendrá a nivel complemento, así que podrán seguir deduciendo su gasto de combustible de la misma manera. Sin embargo, es necesario que actualicen en plataforma su Constancia de Situación Fiscal para poder obtener sus estados de cuenta.

Consulta más información en el siguiente video “Mitos y realidades de la Factura electrónica 4.0”.

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